Se venia comentando desde hace mucho tiempo que el gobierno podría reglamentar el modelo 720 para poder incluir las criptomonedas en él. No obstante, con el varapalo que ha dado la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea el gobierno ha decidido modificar la reglamentación del modelo en vez de suprimirlo.
Eso si hemos de tener en cuenta que en el modelo 720 se declaraban bienes y derechos establecidos en el extranjero propiedad de los residentes españoles, con un valor de 50.000€ (a la hora de efectuar la declaración no solo se tiene en cuenta el valor a 31 de diciembre). En él se declaran bienes, cuentas bancarias y acciones. Cuando se habla de acciones nos referimos a acciones depositadas en el extranjero y a través de bróker extranjeros.
La administración pública ha preferido crear un nuevo modelo para las declaraciones de criptomonedas que ampliar el actual modelo 720. Hasta el momento no trascendido nada sobre cómo se tendrá que declarar, limites de la declaración, etc. Pero no debemos dejar de estar atentos porque posiblemente antes del mes de junio la administración ya haya aprobado y regulado el nuevo modelo, teniendo en cuenta que el plazo máximo para declarar el modelo 720 es el 31 de marzo este nuevo modelo estará al caer.
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