Aspectos relevantes de la Nueva Reforma Laboral (Real Decreto-ley 32/2021)
mar 02, 2022

Los aspectos más importantes que han cambiado a partir del 30 de marzo de 2022 son: desaparición de los contratos por obra y servicio y la tipología con la que se podrán utilizar los contratos de duración determinada. 


 

Así es como va a quedar a partir de ahora los tipos de contratos:

• Los famosos contratos de duración determinada ahora solo se podrán utilizar para una de estas dos opciones:

o Para circunstancias de la producción:

  • Incremento de la producción de manera ocasional y sin posible previsión, la duración será de 6 meses.
  • Atender a circunstancias ocasionales y previsibles con una duración limitada y determinada, no podrá ser mas de 90 días en un año natural.

o Sustitución de un/a trabajador/a:

  • La persona sustituida tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
  • Ocupación temporal de un puesto de trabajo mientras exista un proceso de selección para dicho puesto.
  • El tiempo máximo para estos contratos será de 3 meses.

o Existirá encadenamiento de contratos temporales y pasaran a trabajadores indefinidos cuando en la misma empresa en un periodo de 24 meses allá estado un plazo superior a 18 meses. 

• Los contratos formativos, existirán de dos tipos:

o Contratos de formación, existirán para la compatibilización entre la actividad laboral y la formación.

  • Serán para menores de 30 años.
  • Retribución según convenio.
  • No podrán existir ni horas complementarias ni extraordinarias, además de no tener periodo de prueba. 
  • Tendrán una duración mínima de 3 meses y máxima de 2 años.
  • Para el primer año no podrá exceder del 65% del trabajo efectivo y para el segundo del 85%.

o Práctica profesional, para las prácticas profesionales en función de los estudios adquiridos.

  • Deberán tener lugar dentro de los 3 años después de la obtención del título o en caso de personas con discapacidad de los 5 años.
  • La duración será de mínimo 6 meses y máximo 1 año.
  • Obligatoriedad de titulo de formación ya sea universitario o grado.
  • Tendrán un periodo de prueba de 1 mes.
  • No podrán existir horas extras.

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